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posted by Backstage on 5:20

1 comentarios:

Anónimo dijo...

Libro del Año Político, de Fernando Soldevilla, año 1924, día 29 de enero:

Las denuncias anónimas.- Una Real Orden. Eran tantas las denuncias anónimas que se enviaban al Directorio (¡qué vergüenza para el país¡), que fué preciso dictar una Real orden cuya parte dispositiva decía:

"S.M. el Rey (q. D. g) se ha servido disponer que se dicten reglas que concilien la inexcusable misión investigadora y depuradora de abusos, negligencias, faltas y delitos que en alarmante proporción veníanse registrando, con la tranquila y confiada garantía de los ciudadanos en cuanto respecta a su libertad, derechos y medios lícitos de vivir.

Primera. Las denuncias anónimas no deben ser atendidas por las autoridades, y menos dar lugar a actuación alguna respecto al denunciado, sin previa comprobación de hechos, cuando parezcan fundadas. Las presentadas por personas solventes sólo cuando tengan carácter de delito podrán ser objeto de medida gubernativa provisional, hasta dar inmediata intervención al Juzgado correspondiente, que procederá a actuar, sin ordenar detención que no esté justificada, con la mayor diligencia.

Segunda. Los censores de Prensa impedirán anticipadas noticias respecto a medidas gubernativas o actuaciones judiciales que puedan producir perjuicios morales o materiales antes de recaer sanciones definitivas.

Tercera. En cuanto afecte al crédito comercial y bancario, se impone aún mayor prudencia en la actuación y más cuidado en la acogida de denuncias, evitándose en cuanto sea posible los registros de correspondencia y libros, verificándolos en casos indispensables con la mayor reserva.

Cuarta. En la recaudación de tributos se hará aplicación estricta a las leyes pero en los términos más benignos que ellas permitan y teniendo muy en cuenta que la misión fiscal no puede ser destructora de riqueza ni estimulada por el lucro de los premios de cobranza, y que siempre tiene la Administración medios de hacer efectivos los impuestos con espíritu generoso, en la inteligencia de que cuando no exista mala fe en el contribuyente, es preferible la pérdida de una cuota a dejar desamparada de medios a una familia."